Normativa de régimen interno

Normativa Interna de la Pensión Boutique Río Mandeo


Artículo 1. Objeto de la normativa

La presente normativa tiene por objeto regular las condiciones de uso, convivencia, servicios y funcionamiento de la Pensión Boutique Río Mandeo, de conformidad con la normativa vigente en materia de turismo, alojamientos turísticos y protección de los derechos de los clientes y del establecimiento.


Artículo 2. Naturaleza del establecimiento

La Pensión Boutique Río Mandeo es un alojamiento turístico destinado a ofrecer hospedaje temporal a personas viajeras, turistas y visitantes. No se trata de una residencia ni de un alojamiento de larga duración.


Condiciones de alojamiento


Artículo 3. Tarifas y acceso

  1. El uso de los servicios e instalaciones de la pensión está sujeto al pago de las tarifas vigentes publicadas oficialmente por la dirección del establecimiento.
  2. Solo se admiten personas mayores de edad. Los menores deberán estar acompañados por sus tutores legales o contar con autorización escrita y firmada.
  3. La dirección se reserva el derecho de admisión, especialmente en casos de comportamiento inapropiado, falta de respeto al personal o al resto de los huéspedes, o si se considera que el huésped puede perturbar el orden y la tranquilidad del establecimiento.

Artículo 4. Asignación de habitaciones

La asignación de habitaciones será realizada por la dirección, atendiendo a criterios organizativos, disponibilidad y mejor aprovechamiento del establecimiento. No se garantiza una habitación específica salvo confirmación expresa previa por escrito.


Artículo 5. Prohibiciones

En todas las instalaciones de la pensión queda terminantemente prohibido:

  • Fumar, excepto en zonas expresamente habilitadas.
  • Consumir bebidas alcohólicas fuera de los espacios habilitados.
  • Introducir o consumir drogas u otras sustancias ilegales.
  • Acceder con animales, salvo perros guía.
  • Realizar fiestas o reuniones ruidosas en las habitaciones o zonas comunes.
  • Usar dispositivos peligrosos como hornillos, estufas, acumuladores de calor, etc.

Normas de convivencia y uso de instalaciones


Artículo 6. Comportamiento y convivencia

Los huéspedes deberán:

  • Mantener un comportamiento respetuoso con el personal, otros clientes y vecinos.
  • Respetar las horas de descanso, especialmente entre 23:00 y 08:00.
  • Observar normas básicas de higiene y decoro, tanto en su persona como en las zonas comunes.
  • Atender las indicaciones del personal del establecimiento.
  • Utilizar adecuadamente los espacios comunes, dejando todo en buen estado tras su uso.

Artículo 7. Habitaciones

  • Las habitaciones están destinadas exclusivamente al descanso.
  • Queda prohibido comer o almacenar alimentos en las habitaciones.
  • No se permite modificar la disposición del mobiliario.
  • El horario de limpieza es de 10:00 a 13:00. Se ruega permitir el acceso durante ese horario.
  • El establecimiento no se hace responsable de objetos de valor no depositados en la taquilla o caja de seguridad, si la hubiera.

Artículo 8. Zonas comunes y cocina

  • La cocina o zona de office (si existe) es de uso compartido y debe mantenerse limpia y ordenada.
  • Cada huésped deberá etiquetar su comida con nombre y fecha de salida. Aquellos alimentos sin identificar podrán ser retirados.
  • No se puede consumir comida fuera de los espacios habilitados.
  • No se permite sacar al exterior mobiliario u objetos del establecimiento.

Artículo 9. Lavandería y servicios auxiliares

  • El uso de la lavadora, secadora u otros servicios complementarios será de pago y bajo petición.
  • Cada huésped es responsable de dejar la zona de lavandería en buen estado tras su uso.

Mobiliario, daños y seguridad


Artículo 10. Conservación del mobiliario

  • Los huéspedes deberán conservar en buen estado el edificio, instalaciones y mobiliario.
  • No se permite fijar objetos, carteles ni adhesivos en paredes, puertas ni ventanas.
  • Cualquier daño causado será responsabilidad del huésped, debiendo este reparar o indemnizar los desperfectos.

Artículo 11. Seguridad

  • Se prohíbe el uso de aparatos eléctricos que no sean de bajo consumo o autorizados (como cargadores de móviles, portátiles, etc.).
  • El establecimiento dispone de extintores, salidas de emergencia y protocolo de evacuación. Se recomienda leerlo al llegar.

Visitas y uso externo


Artículo 12. Visitas

  • No se permiten visitas externas en las habitaciones sin autorización previa y expresa de la dirección.
  • No se permite invitar a personas no alojadas a comidas o reuniones en el establecimiento.

Derechos y obligaciones de los huéspedes


Artículo 13. Derechos

Todo huésped tiene derecho a:

a) Usar los servicios e instalaciones conforme a esta normativa.
b) Recibir información clara sobre precios, horarios y condiciones del servicio.
c) Presentar quejas o reclamaciones, mediante hojas oficiales.
d) Disfrutar de un entorno seguro, limpio y tranquilo.
e) Protección de sus datos personales conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).


Artículo 14. Obligaciones

Todo huésped deberá:

a) Respetar esta normativa y las instrucciones del personal.
b) Hacer un uso adecuado de las instalaciones.
c) Respetar los derechos de otros huéspedes.
d) Abonar los importes correspondientes a su estancia y servicios adicionales.
e) No causar daños al mobiliario o estructura del edificio.
f) Atender las normas de seguridad y evacuación.
g) No usar la pensión con fines ilícitos o no permitidos.


Política de cancelación y modificación


Artículo 15. Cancelaciones

  • Las condiciones de cancelación o modificación de reservas estarán indicadas en el momento de la contratación.
  • En caso de no presentarse (no show), podrá cobrarse el importe de la primera noche o según lo pactado.

Régimen sancionador


Artículo 16. Infracciones y sanciones

El incumplimiento de esta normativa podrá conllevar:

a) Amonestación verbal.
b) Expulsión inmediata del establecimiento sin derecho a reembolso.
c) Prohibición de acceso futura por un periodo de hasta 5 años, según la gravedad.
d) Reclamación de daños económicos por deterioro intencionado.


Reclamaciones


Artículo 17. Hojas de reclamaciones

Existen hojas de reclamaciones oficiales a disposición de los huéspedes. Para su uso es necesario presentar identificación (DNI, pasaporte o similar).


Disposiciones finales


Primera. Interpretación

Cualquier duda sobre esta normativa será resuelta provisionalmente por la dirección del establecimiento, con carácter ejecutivo.

Segunda. Modificaciones

La dirección podrá actualizar esta normativa en función de cambios legales, circunstancias operativas o mejoras en el servicio.

Tercera. Emergencias

El huésped se compromete a seguir las indicaciones del personal en caso de emergencia y a respetar los planes de evacuación, salidas de emergencia y normas de seguridad.